REVÉS PARA CARPEROS. Indert desiste de mensura de tierras de herederos de Barthe
Duro revés para los carperos de Ñacunday. El presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Ignacio Lui...
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Duro revés para los carperos de Ñacunday. |
Sin dudas se trata de un duro revés para los carperos que aspiran a unas 30 mil hectáreas de tierras ubicadas en Ñacunday, sur de Alto Paraná. La decisión fue plasmada en la Resolución de Presidencia Nº 382,
dictada ayer miércoles 18 de julio.
Para
hacerlo, Ortigoza retomó el expediente del caso y solicitó un dictamen al
director general de Asesoría Jurídica del Instituto, Alfredo Torres, quien
recomendó el desistimiento. Argumentó, entre otras cosas, que la mensura
autorizada por el juez Rafael Jacobo, del distrito de Santa Rita, “estaría
afectando a cientos de propietarios de inmuebles ubicados principalmente en la
zona de Alto Paraná e Itapúa”.
En ese
sentido, Torres advirtió también en su dictamen que esto generaría un “caos
jurídico-administrativo”, lo que no permitiría cumplir técnicamente con el
objetivo fijado por el Instituto, al no contar con documentación fidedigna
adecuada en el registro de Catastro del organismo, así como tampoco con el
respaldo de las instituciones involucradas en el tema como la Dirección General
de los Registros Públicos (DGRP) y el Servicio Nacional de Catastro (SNC).
En su
dictamen, Torres considera además que para la promoción de la mensura el Indert se basó en “antecedentes
históricos”, que tienen que ver con las tierras reivindicadas por el Estado
paraguayo de los herederos de Domingo Barthe, en el año 1953.
Igualmente,
señala que los responsables de la DGRP y del SNC han manifestado públicamente,
a través de todos los medios de prensa, que la situación de los títulos de
propiedad, de las zonas afectadas por la mensura judicial promovida, están
totalmente “regularizadas y en orden” y no existen excedentes de tierras en
esas zonas.
Finalmente,
el asesor legal sugiere “agotar las instancias administrativas, mediante la
contrastación de los títulos de propiedad obrantes en los archivos de la
institución, así como en los Registros Públicos y el Catastro”. Una vez
realizada esta verificación, si se identificasen excedentes fiscales –dice
también- “promover las mensuras correspondientes, pero limitadas a las
jurisdicciones afectadas”.