Adquisición de tierras por licitación condiciona ejecución presupuestaria del Indert

Según datos financieros del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), la ejecución presupuestaria global llega al 25 ...

Según datos financieros del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), la ejecución presupuestaria global llega al 25 por ciento a la fecha de hoy, 31 de agosto de 2011. Entretanto, la proyección para fines de setiembre es llegar al 60 por ciento de ejecución.

De este porcentaje, el rubro destinado a la compra de tierras alcanza un 32 por ciento y representa, además, el de mayor dificultad, dado que se halla sujeto, como todos los demás, a la Ley de Contrataciones Públicas, que establece la vía de la licitación pública como el único camino para la adquisición.

El obstáculo fundamental para la adecuada ejecución del presupuesto se vincula con los procesos de compra de tierras por la vía de la licitación pública, un mecanismo que burocratiza la adquisición de un bien con características particulares, muy diferentes a las de bienes corrientes.

Una situación que ilustra esto es que en el primer llamado a licitación para la compra de 36.000 hectáreas de tierras en nueve departamentos del país, se presentó un solo oferente, con una propuesta de apenas 600 hectáreas, en la zona de Caaguazú. Esta propuesta fue aceptada y representó para la institución el pago de 7.000 millones de guaraníes, con un impacto muy bajo en el presupuesto. En este momento se encuentra en proceso el segundo llamado a licitación para la adquisición de 18.000 hectáreas.

El procedimiento licitatorio dificulta notablemente la gestión financiera, pues la institución se ve obligada, como cualquier otra, a cumplir con la Ley de Contrataciones que establece que solo tras la realización de dos llamados consecutivos puede realizarse la compra por la vía de la excepción. Todo este proceso conlleva, en el mejor de los casos, 6 meses de trámites.

Por otro lado, es importante advertir también que la propia Ley de Presupuesto General de Gastos de la Nación, la 4249/11, condiciona severamente el gasto financiero, pues, en su artículo 91, establece que la institución no podrá abonar las deudas derivadas de la expropiación de las tierras de Antebi cue (Ley 517/95). Esto representa unos 21.000 millones de guaraníes, que no podrán ser utilizados este año y que, representarán, sin embargo, el pago de un significativo monto en concepto de intereses, unos 4.000 millones de guaraníes.

Debe recordarse que la compra de tierras es el rubro que mayor peso tiene en el presupuesto de la institución, pues representa el 67 por ciento del total, unos 308.000 millones de guaraníes para este año. Es así que el rubro tierras posee un monto asignado de 206.000 millones de guaraníes, de los cuales el 60 por ciento se destina a la compra de nuevas propiedades, en tanto el 40 por ciento restante, a la regularización de tierras (pago por expropiaciones y saldos de deudas pendientes).

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